jueves, 23 de abril de 2009

maldita impunidad

esta vez sere breve por que lo que paso en verdad me lleno de enojo.
en cierto periodico local publicaron en la seccion policiaca, que un agente de una reconocida agencia de investigacion armo tremendo desmane a las afueras de un domicilio, golpenado su puerta y disparando en contra de la fachada. se dijo tambien que este individuo es de las fuerzas especiales o de SWAT de esta agencia. el punto de esto es lo siguiente:
a pesar del relajo que este individuo armo no se tomaron medidas para hacerlo pagar por su falta. el sujeto es hijo de un funcionario de la procuraduria y respaldado por eso siempre se ha dedicado a hacer lo que se le viene en gana. los que me conocen de tiempo saben de quien hablo.
esto es solo una muestra mas de la porqueria de gente a la que tenemos que soportar dia con dia. gente como esta que cree estar por encima de todos solo por que porta un arma. ya basta señores por favor, que no ven que este tipo de personas son las que le hacen daño a la sociedad??? vale mas la mano de un funcionario que la vida de una persona??? no creo que sea solo yo el que esta harto o si???

viernes, 10 de abril de 2009

LA PENA DE MUERTE EN MÉXICO

Hace un tiempo me encontré con una amiga la cual tenia tiempo que no veía y en nuestra conversación surgió un tema, el cual ella había estado investigando , fue entonces que nos surgió la duda sobre los comentarios u opiniones que otras personas tendrían respecto a la sentencia de pena de muerte en México.

Como todos saben, la pena capital, o pena de muerte consiste en la ejecución de un condenado por parte del estado, como castigo por un delito establecido en la legislacion; los delitos a los cuales se aplica esta sanción penal suelen denominarse «crímenes» o «delitos capitales». En México, nuestro máximo ordenamiento legal preve la pena de muerte, para los delitos más graves ( como son homicidas, violadores, o secuestradores con tortura o asesinato).
En el artículo 22 const. se establece: "Quedan prohibidas las penas de mutilación y de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales… "A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad, o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho”.

Se puede decir que aún cuando la muerte causa dolor, pena, respeto o nada, lo que a veces menos causa es temor, la experiencia en otros países indica esto de manera inequívoca. Es por esto que la pena de muerte en México probablemente no es considerada un castigo para algunas personas, las cuales preferirían como pena para el que cometió un delito mayor el quedarse en la correccional por mas tiempo.

Argumentos en pro y en contras de la pena de muerte

PROS:
I. Si se elimina el individuo, ya no habrá problemas delictivos futuros con el.
II. Miedo a la fuga o a la reincidencia : este sentimiento de pánico y temor, conlleva a apoyar la pena de muerte, puesto que si el sujeto consiguiera escapar del control penitenciario, podría cometer los mismos delitos.
III. Es una forma de proteger la vida de los ciudadanos.
IV. Utilidad Social: A diferencia de las Teorías absolutas, que respondían al interrogante de porqué castigar, las Teorías Relativas, responden al de para qué castigar.
V. Razón de Justicia: esta idea se sustenta por un lado, por fundamentaciones religiosas
VI. Es mucho más barato eliminar al individuo que mantenerlo en la cárcel.

CONTRAS:
I. Irreversibilidad de la pena de muerte respecto del error judicial: Si bien cada día más, los errores judiciales son menos frecuentes, hay riesgo de condenar a un inocente. Pero además con el agravante de que en el caso de la pena de muerte no se puede compensar al sujeto por el error.
II. Razón de Justicia: Recordábamos antes, que había dos fundamentaciones a esta argumentación; Por el punto de vista religioso, también se trata de un sentimiento, particularmente violento, no de un principio.
III. Utilidad Social: No está demostrado, que la pena cumpla una función de prevención general negativa, o sea de intimidación a los potenciales infractores. Prueba de ello, es que si fuera así, en primer lugar, ya no existirían delitos. Y en segundo lugar, se parte de que el delito es una acto racional, en el que el delincuente evalúa los costes y beneficios. Esta premisa puede ser falsa, pero en el caso de que fuera cierta, el sujeto espera o bien que no lo descubran, o bien, salir mejor parado del proceso judicial.
IV. No es necesaria la pena de muerte para proteger la vida de los demás ya que en la cárcel se puede reformar el sujeto.
V. Es una forma retrógrada de administrar justicia (La pena de muerte o pena capital ha existido a la par con la humanidad, es bien sabido que los griegos tuvieron gran influencia cultural en Roma, y estos destacaron por su vasta jurisprudencia. Anteriormente el ser humano recurría a la pena de muerte como venganza)
VI. Discriminación de la pena de muerte: Los Tribunales ejercen una selección entre los autores de los delitos, ya sea por motivos económicos o étnico-raciales. Así, por ejemplo, la diferencia de recursos económicos que existe entre los que poseen un buen nivel adquisitivo y las clases más desfavorecidas, provoca que frente a un mismo hecho delictivo, los primeros puedan ser asistidos por profesionales con mayor rigor, que los otros.

Tu estas de acuerdo o en desacuerdo con la sentencia de pena de muerte en México?